Sala IV declara inconstitucional multa por no portar cinturón al considerarla 'desproporcional'
Luis Edo. Díaz luisdiaz@nacion.com 03:44 p.m. 27/05/2011
San José (Redacción). La Sala IV dictó que la multa de Tránsito por no andar el cinturón de seguridad mientras se conduce (¢237.000 más impuestos) es "desproporcional" y, por lo tanto, la declaró insconstitucional.
El escenario ahora es el siguiente: si un conductor o su acompañante no llevan puesto el cinturón y son multados, esa infracción no podrá ser cobrada por el Consejo de Seguridad Vial, a menos que en la Asamblea Legislativa modifique la ley actual.
Por mayoría de cuatro votos a favor y tres en contra, los magistrados dejaron sin efecto el artículo 131 inciso K de la Ley de Tránsito.
Ese artículo estipulaba una multa de ¢237.000 para quien incumpliera con el cinturón. A ese monto hay que aplicarle el 30% de más que le corresponde al Patronato Nacional de la Infancia.
Así, la multa quedaba en ¢308.100.
La acción de inconstitucionalidad la presentó hace casi un año Hilman Salazar Ruíz. Hace pocos minutos ese cuidadano se mostró satisfecho por el voto.
La sentencia tiene "efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada", se informa en el comunicado de prensa del Poder Judicial.
Todavía hay seis acciones pendientes, entre esas una que intenta que se declare insconstitucional, por desproporcional, la multa por "mal estacionamiento".Tomada del periódico la Nación de Costa Rica.
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