LUCHADOR HASTA LA MUERTE.

LUCHADOR HASTA LA MUERTE.
VIVA LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA DE LA CLASE TRABAJADORA

EL PUEBLO TIENE DERECHO A COMER


  • LÍDER, ACTIVISTA, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO, EMPRESARIO EXITOSO.
  • SALARIO MÍNIMO JUSTO DE ¢350,000 MENSUALES.
  • LUCHA CONTRA EL RÉGIMEN CORRUPTO DICTATORIAL DE LOS ARIAS.
  • PROGRESO CON BENFICIO SOCIAL.
  • DEFIENDE CLASE TRABAJADORA, MICRO, PEQUEÑO Y MEDIANOS EMPRESARIOS HONESTOS.
  • CONOCEDOR Y VISIONARIO DE LOS PROBLEMAS DE COSTA RICA.
  • UN PATRIOTA NO SE VENDE NI SE COMPRA.
  • POLITICOS CORRUPTOS DEBEN ESTAR EN LA CÁRCEL, CORRUPCIÓN CANCER DE COSTA RICA.

“La democracia no es algo abstracto, no es que el rico le diga que vive en democracia, no es ir a elecciones cada 4 años. La democracia no es una forma política; es una forma de vida; es acceso al trabajo, estudio, salud, recreación, tranquilidad, es decir; repartir la riqueza a la mayoría, vivir dignamente solo se logra cuando la clase trabajdora tome el poder; hoy la "democracia" capitalista es para los ricos, los demás son simples esclavos modernos”

¡¡¡ BASTA, BASTA, BASTA DE CORRUPCIÓN, CORRUPCIÓN!!!


DESPIERTA PUEBLO, SOLO LA LUCHA ORGANIZA Y BIEN DIRIGIDA NOS HARÁ LIBRES, UNIDOS SEREMOS FUERTES Y VENCEREMOS. VIVA COSTA RICA LIBRE. NO A LOS CORRUPTOS, LADRONES, VENDEPATRIA, NO A LOS POLITICOS TRADICIONALES CORRUPTOS, NO A LA VIEJA POLITICA. NO MINERÍA, NO EXPLOTACIÓN PETROLERA.

martes, 29 de diciembre de 2009

TSE DE COSTA RICA ESTA DESPRESTIGIADO, CON ESTA "INETERPRETACIÓN" ESTA FAVORECIENDO EL FRAUDE, QUE SE HA DENUNCIADO EN LA ELECCIÓN DE OSCAR ARIAS.

Jorge Guardia

En Guardia

abogado-economista





http://www.nacion.com

TAMAÑO

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) debe modificar su posición en relación con el escrutinio de votos, antes de la próxima justa electoral. Después, podría ser muy tarde. Lo digo con honda preocupación y con todo el respeto que me merece.

La posición del Tribunal, explicada en un artículo publicado ayer en La Nación , es que el nuevo Código Electoral, en su artículo 197, modificó los conceptos de “conteo” y “escrutinio” para abandonar el segundo en beneficio del primero, y les confirió a las juntas electorales atribuciones concretas sobre el conteo de votos que prácticamente los convirtió en jueces definitivos. No es su interpretación –aduce– la causante de su renuencia a verificar los votos manualmente, sino de la nueva ley. ¿Estamos de acuerdo?

Claro que no. El TSE olvida detalle fundamental: hay una diferencia entre “escrutinio” y “recuento” de votos. El escrutinio lo exige la Constitución y el recuento lo contempla el Código Electoral. Pero, ¿cuál prevalece entre los dos? Evidentemente, la Constitución Política, que en su artículo 102, inciso 7, confiere al TSE el mandato de “efectuar el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos en las elecciones”. Eso significa, según la propia definición del Diccionario de la Real Academia, “examen y averiguación diligente y exacta que se hace de una cosa antes de formar juicio”.

Más claro no canta un gallo. El Tribunal no puede argumentar ahora que la Constitución es letra muerta porque el Código Electoral habla de otra cosa. Fue el propio Tribunal el que impulsó la reforma. Mucha gente la ha interpretado como un deseo equivocado de “quitarse el tiro” para no tener que verificar todos los sufragios emitidos. Pero como dice Juan José Sobrado, la confianza en el resultado de las elecciones y los valores de la democracia valen mucho más que cualquier esfuerzo de sentarse a verificar, aunque sea fatigante.

El otro argumento del TSE para negarse a escrutar votos es de tipo estadístico. Si la diferencia entre el candidato más votado y el ocupante del segundo lugar es menos del 2%, o entre este último y el tercero en caso de una segunda ronda electoral, entonces no vale la pena efectuar el escrutinio. Eso me parece muy equivocado. El 2% con que juega el Tribunal ni siquiera alcanza el margen de error que las encuestas convencionales de las empresas encuestadoras (autorizadas por el propio TSE), que oscila entre un 3% y un 5%, dependiendo del tipo de sondeo realizado. En otras palabras, si se acepta que las elecciones son la encuesta definitiva, ¿cómo basar el resultado final en un porcentaje tan reducido? Si yo fuera magistrado se me pararía el pelo.

Tomado del periódico La Nación de Costa Rica.

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